Expediente No. 1171-2015

Sentencia de Casación del 27/06/2016

 “…Luego del análisis de la plataforma fáctica establecida por el sentenciante y los elementos de la figura típica de contrabando contra el orden fiscal en el ramo de tabacos, se determina que se configuró el ilícito en el momento que los sindicados introdujeron al país los cigarrillos de procedencia extranjera, omitiendo los requisitos legales correspondientes, produciendo el resultado material de afectar la recaudación tributaria (…) [el] piloto del cabezal (…), y (…) [el] copiloto, son autores responsables del delito de contrabando contra el orden fiscal en el ramo de tabacos, así como lo declaró el sentenciante y confirmó la Sala de Apelaciones, porque al introducir los cigarrillos al territorio guatemalteco, se constituyeron en los obligados a cumplir los requisitos correspondientes para el efecto…”